Multan con 800 mdp a empresas por monopolio en oxígeno medicinal en México.

Frontera Ink

Redac­ción Fron­tera Ink.

La Comisión Nacional Anti­mo­nop­o­lio de Méx­i­co impu­so mul­tas por un total de casi 800 mil­lones de pesos (aprox­i­mada­mente 44.81 mil­lones de dólares) a Prax­air y a dos fir­mas de Grupo Infra. La san­ción se debe a prác­ti­cas monopóli­cas en el mer­ca­do de oxígeno med­i­c­i­nal del país, que afec­taron a clíni­cas, hos­pi­tales y pacientes durante más de una déca­da. Las autori­dades deter­mi­naron que las com­pañías incluyeron cláusu­las de exclu­sivi­dad en con­tratos con clíni­cas y hos­pi­tales pri­va­dos.

La Comisión Nacional Anti­mo­nop­o­lio de Méx­i­co iden­ti­ficó que Prax­air y las dos empre­sas de Grupo Infra, que son provee­dores prin­ci­pales de oxígeno med­i­c­i­nal en diver­sas regiones, establecieron condi­ciones con­trac­tuales restric­ti­vas. Estas condi­ciones impedían a sus clientes recur­rir a otros provee­dores y lim­ita­ban la entra­da de com­peti­dores al mer­ca­do. Las cláusu­las incluían exclu­sivi­dad, ren­o­va­ciones automáti­cas y penal­iza­ciones por ter­mi­nación antic­i­pa­da, aplic­a­bles inclu­so a hos­pi­tales futur­os.

Según un comu­ni­ca­do emi­ti­do por la Sec­re­taría de Economía, estas prác­ti­cas lim­i­taron la capaci­dad de los cen­tros de salud para acced­er a mejores condi­ciones de com­pra. La con­duc­ta monopóli­ca estu­vo vigente al menos entre 2010 y 2023, abar­can­do así el peri­o­do críti­co de la pan­demia por COVID-19. La autori­dad sub­rayó que la afectación se dio en un insumo vital para tratamien­tos médi­cos, espe­cial­mente en enfer­medades res­pi­ra­to­rias.

Como resul­ta­do de la res­olu­ción, Grupo Infra recibió una mul­ta de 723 mil­lones de pesos (40.5 mil­lones de dólares), mien­tras que Prax­air fue san­ciona­da con 68 mil­lones de pesos (3.81 mil­lones de dólares). La autori­dad tam­bién ordenó a las empre­sas elim­i­nar las cláusu­las de exclu­sivi­dad de los con­tratos vigentes y absten­erse de incluir­las en futur­os acuer­dos. Asimis­mo, deberán evi­tar mecan­is­mos de ren­o­vación automáti­ca.

Además, las com­pañías san­cionadas deberán des­ig­nar un ofi­cial de cumplim­ien­to y un audi­tor inde­pen­di­ente para super­vis­ar la imple­mentación de las medi­das cor­rec­ti­vas y ase­gu­rar el respeto a la leg­is­lación de com­pe­ten­cia. La Comisión Nacional Anti­mo­nop­o­lio de Méx­i­co destacó que el sec­tor salud es una pri­or­i­dad y ase­guró que man­ten­drá una vig­i­lan­cia per­ma­nente en este mer­ca­do para pro­te­ger a los pacientes. Las empre­sas tienen la posi­bil­i­dad de impug­nar la res­olu­ción ante tri­bunales espe­cial­iza­dos.

Crédi­tos: Infor­ma­ción pro­por­ciona­da por la Sec­re­taría de Economía y la Comisión Nacional Anti­mo­nop­o­lio de Méx­i­co.